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Preguntas frecuentes

Generales
¿Dónde desarrolla proyectos Santa Graciela?

En la Región del Maule, por ahora. Desarrollamos parcelaciones rurales, condominios urbanos y casas unifamiliares en Talca, San Clemente y Curicó.

¿Cómo puedo visitar un proyecto?

Todas las visitas se coordinan previamente. Puedes agendar a través del formulario del proyecto que te interesa o escribiéndonos por WhatsApp, y nuestro equipo comercial te contactará para definir día y hora.

¿Cómo se compra?

Se firma una promesa de compraventa mediante escritura pública, donde se establecen las condiciones de la operación. Luego se firma el contrato de compraventa definitivo, que se envía al Conservador de Bienes Raíces respectivo para inscribir la propiedad, quedando el dominio a nombre de su nuevo propietario.

Nos encargamos de la gestión de la operación de venta y te informamos los costos asociados, que pagas directamente a las distintas instituciones.

¿En qué moneda están los precios y cómo puedo pagar?

Los precios se expresan en UF. Las formas de pago dependen del producto: las casas y unidades urbanas suelen financiarse con crédito hipotecario; para las parcelas existen alternativas que informamos en cada proyecto.

¿Ofrecen acompañamiento postventa?

Sí. Sabemos que para muchas personas la compra de un bien inmueble es una decisión única en la vida y, en consecuencia, los pasos que vienen después también lo son. Somos un aliado estratégico de nuestros propietarios: los acompañamos con asesorías y recomendaciones para el desarrollo de sus proyectos sobre el bien raíz adquirido, generando valor adicional y potenciando la calidad de su inversión.

Parcelaciones
¿Qué es una parcela?

Una parcela, parcela rural, parcela agrícola, lote, terreno o parcela de agrado son sinónimos.

Corresponden a una porción de tierra subdividida bajo la normativa de subdivisiones prediales, cuya superficie mínima legal es 5.000 m² brutos.

¿Por qué algunas parcelas tienen menos de 5.000 m²?

Porque los 5.000 m² corresponden a la superficie bruta.

Cuando una parcela tiene servidumbres (caminos, electricidad, agua, etc.), estas se descuentan de la superficie bruta; por eso algunas parcelas aparecen con superficies inferiores a los 5.000 m², y a esa superficie se le llama superficie útil.

¿Las parcelas son urbanas o rurales?

Las parcelas son rurales, porque se ubican fuera del radio urbano de la comuna.

¿Las parcelas están aprobadas y tienen rol propio?

Sí. Todas las parcelas que vendemos cuentan con la aprobación del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y tienen su rol de avalúo fiscal, otorgado por el Servicio de Impuestos Internos (SII). También cada unidad está inscrita en el Conservador de Bienes Raíces que le corresponde.

Eso asegura que el proyecto no es irregular ni informal.

¿Qué puedo hacer en mi parcela?

Depende del proyecto. Hay proyectos que tienen por objetivo que el propietario construya su vivienda e incluso construya un máximo de dos viviendas. Otros proyectos permiten que el propietario desarrolle una actividad comercial, de equipamiento o industrial una vez que disponga de las autorizaciones correspondientes.

Todo queda definido en el Reglamento Interno de la comunidad del proyecto (si aplica según el proyecto).

Condominios urbanos
¿Qué es un condominio urbano?

Es un conjunto de viviendas emplazado dentro del radio urbano, acogido a la Ley N° 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria. Cada propietario es dueño exclusivo de su unidad y copropietario de los bienes comunes, como accesos, circulaciones y áreas verdes.

¿En qué se diferencia un condominio de una parcelación?

En la ubicación y en la normativa. La parcelación es rural y se rige por la normativa de subdivisiones prediales; el condominio es urbano, se rige por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria y cuenta con factibilidad de servicios urbanos.

¿Qué son los gastos comunes y qué incluyen?

Son el aporte mensual de cada copropietario para financiar la mantención de los bienes comunes, la administración y los seguros del condominio. El monto se distribuye según el prorrateo definido en el reglamento de copropiedad.

¿Quién administra el condominio?

La comunidad de copropietarios, a través de una administración y conforme al reglamento de copropiedad, que se inscribe junto con el proyecto. Ese reglamento define los derechos, obligaciones y normas de convivencia de todos los propietarios.

¿Puedo modificar mi vivienda dentro del condominio?

En el interior de tu unidad, sí, con los permisos municipales cuando corresponda. Las fachadas y los bienes comunes se rigen por el reglamento de copropiedad y requieren autorización, lo que protege la calidad y plusvalía del conjunto para todos.

Casas unifamiliares
¿Cuál es el primer paso para comprar una casa?

Definir presupuesto y forma de financiamiento. Luego evaluar ubicación, tipo de vivienda y plazo de entrega. Con esos tres ejes claros, la búsqueda se vuelve objetiva.

¿Puedo comprar con crédito hipotecario?

Sí. La mayoría de los clientes financia parte del valor mediante crédito. Es recomendable contar previamente con una preaprobación bancaria para conocer la capacidad real de compra.

¿Puedo personalizar el diseño o terminaciones?

Si el encargo fue una obra particular, sí. Si el proyecto es una casa diseñada y producto final nuestro, no. En este último caso, se puede complementar el producto final con otras obras anexas, tales como piscinas, quinchos, salas de juego, entre otros, que deberán ser debidamente cotizadas.

¿Cuánto tiempo demora la construcción o entrega?

En general, entre 12 y 18 meses, pero depende del proyecto por edificar. Los plazos y detalles se definen específicamente según la necesidad del cliente.

¿La vivienda cuenta con garantía?

Desde que la vivienda cuenta con recepción final municipal, existen plazos para hacer efectivas las responsabilidades en caso de fallas o defectos que afecten a las edificaciones: 10 años cuando afectan a la estructura, 5 años cuando afectan a los elementos constructivos o de instalaciones, y 3 años cuando afectan a las terminaciones o acabados. Todo conforme a la Ley N° 20.016, que introdujo modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

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